Es inevitable que surjan pequeñas reparaciones con un alquiler, dependiendo de qué se trate deberá hacerse cargo el propietario o el inquilino, veamos a continuación cómo gestionarlas.
Qué arreglos debe asumir el propietario
El mantenimiento de la vivienda es responsabilidad de propietario e inquilino, este debe avisar al casero de cualquier avería importante que necesite su intervención como unas goteras, moho, fallos eléctricos y la reparar o sustituir electrodomésticos (cuando la vivienda se haya alquilado con ellos). Esto siempre que el origen de la avería no haya sido un mal uso del arrendatario, entonces deberá ser él quien asuma los costes.
En caso de que se trate de uno de estos arreglos el propietario deberá encargarse de solucionarlo en el menor tiempo posible.
En cualquier caso, el propietario no puede subir la renta al inquilino para compensar ningún tipo de reparación que haya tenido que pagar.
El inquilino se encarga de las pequeñas reparaciones del alquiler
Es responsabilidad del arrendatario ocuparse de las pequeñas reparaciones del alquiler
del día a día causados por el desgaste habitual. Esto implica una puerta o manilla que no abre, cambiar una bombilla o un atasco en el desagüe.
De acuerdo con la ley, se entiende por pequeña avería la que tenga un coste inferior a 150 euros, a partir de esta cantidad, tendría que pagarla el propietario siempre y cuando no haya sido ocasionada por un mal uso por parte del arrendatario, tal y como hemos comentado anteriormente. Aquí podemos hablar de humedades en el baño si se han originado por no ventilar o si se ha roto la lavadora por sobrecarga eléctrica. Además, el inquilino deberá asumir el coste de cualquier cosa que se haya roto por accidente.
También es su obligación dejar la vivienda tal y como se la encontró, es decir, en buen estado, esto implica que si ha hecho alguna acción sin consentimiento del casero, por ejemplo, si se han pintado o taladrado las paredes, estas deben quedar como estaban.
Puede suceder que el inquilino tenga que hacerse cargo de aquellas reparaciones que sean urgentes “para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador”, según indica la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Obras en un alquiler
El propietario puede realizar obras de mejora en la vivienda alquilada si este tipo de trabajos no pudieran esperar a que finalice el contrato. Este debe avisar al inquilino por escrito con tres meses de antelación y detallarle todo lo que se va a hacer y su duración. En este caso, el inquilino tendrá un mes si quiere rescindir el contrato “salvo que las obras no afecten o afecten de modo irrelevante a la vivienda arrendada. El arrendamiento se extinguirá en el plazo de dos meses a contar desde el desistimiento, durante los cuales no podrán comenzar las obras”, indica la LAU.
Asimismo, el arrendatario tiene derecho a una reducción de la renta en proporción a la zona del inmueble que no pueda disfrutar y a la indemnización de los gastos que ésta le ocasione.
El arrendatario también puede realizar trabajos de mejora en el piso, pero siempre con el consentimiento del arrendador; si esto no fuera así, el inquilino tendrá que reponer todo como estaba cuando finalice el contrato.
¿Qué pasa si no hay acuerdo sobre quién tiene que pagar un arreglo?
Es bastante común que propietario e inquilino no estén de acuerdo sobre quién debe asumir ciertas reparaciones. Lo más recomendable es llegar a un acuerdo mediante el diálogo, revisar las cláusulas del contrato que ambos han firmado y si no se alcanza un consenso, pagar la reparación al 50%.
En ningún caso, el inquilino debe dejar de pagar la renta o los suministros porque el casero puede demandarle por impago y es causa justificada para la resolución del contrato.
Gestión de siniestros y mediación de conflictos
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